Sepblac Logo Servicio Ejecutivo, Comisión de Prevención de Blanqueo de Capitales e Infracciones Monetarias
 

Legislación


Título:

Orden EHA/2444/2007, de 31 de julio, por la que se desarrolla el Reglamento de la Ley 19/1993 de 28 de diciembre, en relación con el informe de experto externo sobre los procedimientos y órganos de control interno y comunicación establecidos para prevenir el blanqueo de capitales..

Año:

2007

Observaciones:

La Ley 19/2003, de 4 de julio, sobre Régimen Jurídico de los Movimientos de Capitales y de las Transacciones Económicas con el Exterior y sobre determinadas medidas de prevención del blanqueo  introdujo en su artículo 3.7 la exigencia de que los procedimientos y órganos de control interno y comunicación fueran objeto de examen anual por un experto externo

Desarrolla :

Reglamento de la Ley 19/1993, de 28 de diciembre sobre determinadas medidas de prevención de blanqueo de capitales.

Resumen:

Esta Orden pretende detallar el alcance y contenido de la referida obligación, especificando una estructura a la que habrá de ajustarse el informe escrito y concretando los aspectos mínimos de dicho informe.

El anexo de esta Orden contiene el modelo de informe al que deberá ajustarse el emitido por el experto externo, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 11.7 del Reglamento de la Ley 19/1993, de 28 de diciembre, sobre determinadas medidas de prevención del blanqueo de capitales.

El informe describirá detalladamente las medidas de control interno existentes, valorará su eficacia operativa y propondrá, en su caso, eventuales rectificaciones o mejoras.
Los datos generales a incluir en el  informe son los siguientes:

    • Información general sobre el sujeto obligado
    • Normativa interna
    • Órganos de control interno y comunicación
    • Identificación y conocimiento de los clientes
    • Conservación de la documentación de clientes y operaciones
    • Detección de operaciones susceptibles de estar relacionadas con el blanqueo de capitales
    • Análisis de operaciones susceptibles de estar relacionadas con el blanqueo de capitales
    • Comunicación de operaciones susceptibles de estar relacionadas con el blanqueo de capitales
    • Declaración mensual obligatoria de operaciones
    • Cumplimentación de los requerimientos del servicio ejecutivo u otras autoridades
    • Formación
    • Filiales y sucursales
    • Agentes y otros mediadores
    • Verificación interna
    • Otros extremos relevantes no cubiertos por los apartados anteriores

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