Servicio Ejecutivo, Comisión de Prevención de Blanqueo de Capitales e Infracciones Monetarias
 

Legislación


Título:

Orden EHA/1439/2006, de 3 de mayo, reguladora de la declaración de movimientos de medios de pago en el ámbito de la prevención del blanqueo de capitales

Año:

2006

Observaciones:

Deroga a:

Orden 27/12/1991 (Apartados 1, 2 y 3 del artículo 4)

 

Claves:

Transacciones financieras transfronterizas- Transacciones económicas con el exterior- transacciones financieras- prevención de blanqueo de capitales- declaración previa de movimientos de medios de pago

Resumen:

Eleva las cuantías sujetas a declaración: 10.000 euros para la entrada o salida por frontera y en 100.000 euros para los movimientos por territorio nacional.

Regula el modelo de declaración que será único y portado y exhibido ante las autoridades para que éstas comprueben que se ha cumplido la obligación de declaración.

Establece la intervención de la totalidad de los medios de pago en caso de omisión o falsedad en la declaración, fijando un máximo de 1.000 euros en concepto de mínimo de supervivencia.

Fija la obligación de los sujetos obligados de incluir en sus comunicaciones mensuales o sistemáticas al Sepblac de las operaciones en las que intevengan que supongan movimientos de medios de pago sujetos a la obligación de ser declarados.

Regula la colaboración administrativa, siendo relevante el intercambio de información entre el Sepblac y la AEAT.

 

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